Con el objetivo de dar fiel cumplimiento a la Ley General de Libre Acceso a la Información núm. 200-04 y su reglamento de aplicación contentivo en el Decreto núm. 130-05, el Centro de Atención Integral para la Discapacidad, pone a disposición de todas las personas el contenido de transparencia colocado en el presente portal interactivo.
Con esta acción el CAID garantiza transparentar la gestión y a la vez coadyuvar a cumplir con el derecho de las personas de solicitar y recibir información completa.
Por lo que, en virtud al artículo 05 de la ley ut supra “todos los poderes y organismos del Estado deberán instrumentar la publicación de sus respectivas “Páginas Web” a los siguientes fines:
Primero. Difusión de información: Estructura, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos, informes de gestión, base de datos.
Segundo. Centro de intercambio y atención al cliente o usuario: Consultas, quejas y sugerencias.
Tercero. Trámites o transacciones bilaterales.
Cuarto. La información a que hace referencia el párrafo anterior, será de libre acceso al público sin necesidad de petición previa.
Con el objetivo de dar fiel cumplimiento a la Ley General de Libre Acceso a la Información núm. 200-04 y su reglamento de aplicación contentivo en el Decreto núm. 130-05, el Centro de Atención Integral para la Discapacidad, pone a disposición de todas las personas el contenido de transparencia colocado en el presente portal interactivo.
Con esta acción el CAID garantiza transparentar la gestión y a la vez coadyuvar a cumplir con el derecho de las personas de solicitar y recibir información completa.
Por lo que, en virtud al artículo 05 de la ley ut supra “todos los poderes y organismos del Estado deberán instrumentar la publicación de sus respectivas “Páginas Web” a los siguientes fines:
Primero. Difusión de información: Estructura, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos, informes de gestión, base de datos.
Segundo. Centro de intercambio y atención al cliente o usuario: Consultas, quejas y sugerencias.
Tercero. Trámites o transacciones bilaterales.
Cuarto. La información a que hace referencia el párrafo anterior, será de libre acceso al público sin necesidad de petición previa.
Enlaces de acceso rápido:
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